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Oposiciones con Grado Superior

septiembre 14, 2022

¿Qué oposiciones puedo estudiar con la FP de grado superior o equivalente?

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Tanto si has estudiado formación profesional y tienes el título de grado superior o un equivalente, puedes presentarte a las siguientes oposiciones:

  • Oposiciones del grupo C1 (bachiller o técnico) pues “Técnico” engloba tanto el técnico superior como el medio.
  • Oposiciones del grupo C2 (ESO) pues tu titulación es superior.
  • Oposiciones del grupo B de tu especialidad. Para el acceso de este grupo se exige tener un título de técnico superior concreto, por ejemplo, para optar al puesto de Técnico superior de marketing y publicidad, tendrás que tener un título de FP relacionado con ello. Esto suele venir especificado en la convocatoria. Se convocan con más frecuencia que el resto de grupos y pueden ser convocadas por el Estado, las Comunidades Autónomas o la Administración local.
  • Otra opción es opositar a personal laboral fijo (no funcionario) del Grupo Profesional M1 (Técnico Superior) que convoquen de tu especialidad.
  • Oposiciones del grupo APF (Agrupaciones Profesionales Funcionariales: Celadores, Subalternos, etc). En este grupo se exige una titulación mínima del Graduado escolar.

Así, por ejemplo, si tienes el título de Técnico Superior de Administración y Finanzas, podrías presentarte a:

  • Auxiliar Administrativo del Estado C2
  • Administrativo del Estado C1
  • Agente de Hacienda Pública C1
  • Auxilio Judicial C2
  • Tramitación Procesal y Administrativa C1
  • Ayudante de Instituciones Penitenciarias C1
  • Cualquier convocatoria, ya sea para personal funcionario (B) o para personal laboral (M1), cuyo requisito sea la titulación específica de Técnico Superior de Administración y Finanzas o titulación relacionada.

Equivalencias del FP de grado superior para opositar

Los títulos que cuentan con un reconocimiento oficial que garantiza que esos tienen los mismos efectos académicos que un título de formación profesional de grado superior son los siguientes:

  • Título de Oficial Industrial (titulación que se obtenía al superar Aprendizaje Industrial) tiene concedida una equivalencia genérica y a todos los efectos, con el título de Técnico Auxiliar.
  • Título de Maestro Industrial. (titulación que se obtenía al superar Maestría Industrial) tiene concedida una equivalencia genérica y a todos los efectos, con el título de Técnico Especialista.
  • Título de Técnico especialista de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa tendrá los mismos efectos académicos y profesionales que el nuevo título de Técnico superior en la correspondiente especialidad.
    • Para aquellas titulaciones de Técnico especialista que no tengan establecida esta correspondencia, el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, establece en la disposición adicional cuarta, la equivalencia genérica con el título de Técnico y Técnico superior respectivamente.
  • Técnico Militar de las Fuerzas Armadas. Se ha establecido equivalencia genérica, a efectos de acceso a empleos públicos y privados, con la titulación de Técnico.
    • Estas equivalencias están reguladas en la Orden ECD/3869/2003, de 18 de diciembre, (BOE del 27 de enero de 2004), por la que se establecen equivalencias entre los títulos de Técnico Militar y los títulos de Técnico correspondientes a la Formación Profesional Específica, y en la Orden ECI/2417/2005, de 4 de julio (B.O.E. del 26), por la que se amplía el anexo de la anteriormente citada Orden.

Equivalencias que necesitan reconocimiento

Es muy importante que sepas que también hay equivalencias, que a diferencia de las anteriores, van a necesitar solicitud:

Equivalencias del sistema educativo:

  • Estudios incompletos de:
    • Técnico auxiliar de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, tendrá los mismos efectos académicos que el título de Graduado en Educación Secundaria y los mismos efectos profesionales que el título de Técnico de la correspondiente profesión.
    • Técnico especialista de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa tendrá los mismos efectos académicos y profesionales que el nuevo título de Técnico superior en la correspondiente especialidad.
    • Enlace para que puedas tramitar equivalencias.

Equivalencias de la formación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con Formación Profesional del Sistema Educativo

  • Se tiene que solicitar a la Subdirección General de Ordenación e Innovación de la Formación Profesional, del Ministerio de Educación y Formación Profesional, para su reconocimiento.
  • Estas equivalencias necesitan para su reconocimiento el cumplimiento de una serie de requisitos que las personas interesadas deben acreditar, por lo que hay que solicitar dicho reconocimiento a la SGOIFP (Subdirección General de Ordenación e Innovación de la Formación Profesional), quien resolverá de forma personalizada.
  • Previamente, deberás registrarte en la Sede Electrónica de Educación.
  • Enlace para tramitar equivalencias de la formación de cuerpos de seguridad con Formación Profesional del Sistema Educativo.

Las formaciones mencionadas a continuación son las que necesitan de este reconocimiento:

  • Escala de Suboficiales de las Fuerzas Armadas.
  • Escalas de Suboficiales y de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.
  • Cabo, Cabo Primero y Cabo Mayor de la Guardia Civil.
  • Oficial de Policía y Policía de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, Categoría Primera (Superior) y Categoría Segunda (Inferior).
  • Agente de Policía de las Comunidades Autónomas y de los Cuerpos de Policía Local.

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