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Ley Unión Europea (oposiciones)

El tema de la Ley Unión Europea es muy común en muchas oposiciones. Vamos a ver los puntos que suelen entrar sobre el TRATADO DEL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA y demás leyes europeas.

La Unión Europea

Se hace referencia a la siguiente legislación (Boletín Oficial de la Unión Europea BOUE): Artículo 9, 9a, 9B, 9C, 9D, 6, 9E, 48 del Tratado de Lisboa (13/12/2007), que modifica el Tratado de la Unión Europea y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea: http://eur-lex.europa.eu/legal-conten…

Correspondencia del tema de la Unión Europea con distintas oposiciones: Tema 8 de Auxiliar Administrativo del Estado, Tema 5 de Auxilio Judicial y Tramitación Procesal (oposiciones justicia).

Referencias del Tratado de Lisboa al Parlamento Europeo al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión, a la Carta de los Derechos Fundamentales, al Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Revisión de los Tratados (Ordinaria y Simplificada), al Tratado de la Unión Europea (TUE), al Tratado del Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), a la Política Exterior, y a los Símbolos de la Unión.

ATENCIÓN!!: AL FINAL DEL VÍDEO NOMBRO LOS 28 ESTADOS MIEMBROS PERO DIGO QUE HAY 27 EN TOTAL. HASTA QUE NO SE LLEVE A CABO OFICIALMENTE EN EL 2019 LA SALIDA DEL REINO UNIDO (BREXIT) SEGUIRÁN SIENDO 28.

Competencias de la Unión Europea

TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA TUE y TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA TFUE. COMPETENCIAS DE LA UNIÓN EUROPEA.

La Unión Europea (UE) únicamente tiene las competencias atribuidas por los Tratados (principio de atribución).

De acuerdo con este principio, la UE solo puede actuar dentro de los límites de las competencias atribuidas por los países de la UE en los Tratados para lograr los objetivos previstos en el mismo.

Las competencias no atribuidas a la UE mediante Tratados corresponden a los países de la UE. El Tratado de Lisboa aclara el reparto de competencias entre la UE y los países de la UE.

Estas competencias se dividen en tres categorías principales:

  • competencias exclusivas (artículo 3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — TFUE) en los que solo la UE es capaz de legislar y adoptar actos vinculantes. Los países de la UE únicamente pueden hacerlo por sí mismos si la UE los autoriza a aplicar estos actos.
  • Competencias compartidas (artículo 4 del TFUE): la UE y los países de la UE tienen capacidad para legislar y adoptar actos jurídicamente vinculantes. Los países de la UE ejercen su propia competencia en aquellos ámbitos en los que la UE no ejerza o haya decidido no ejercer su propia competencia.
  • Competencias de apoyo (artículo 6 del TFUE): la UE solamente puede intervenir para apoyar, coordinar o complementar la acción de los países de la UE. Los actos jurídicamente vinculantes de la UE no deben requerir la armonización de las leyes o reglamentos de los países de la UE.

Legislación del vídeo:

  • Artículo 2, 3 (apdos 1 y 2), 4 (apdo 2 y parte del 3) y 5 del Tratado de la Unión Europea (TUE).
  • Artículo 2, 3, 4, 5 y 6 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

Instituciones y Órganos de la Unión Europea

El Parlamento Europeo

Legislación del vídeo:

  • Artículo 14 del Tratado de la Unión Europea TUE.
  • Artículo 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233 y 234 de Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea TFUE.

PARLAMENTO EUROPEO Instituciones de la Union Europea.

El Parlamento Europeo es el órgano legislativo de la UE. Es elegido directamente por los votantes de la UE cada cinco años.

Función: Órgano de la UE elegido por sufragio directo, con responsabilidades legislativas, de supervisión y presupuestarias

Miembros: 751 eurodiputados (diputados al Parlamento Europeo) – Presidente actual (noviembre 2016): Martin Schulz

Creado en: 1952 como Asamblea Común de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, 1962 como Parlamento Europeo, primeras elecciones por sufragio directo en 1979

Sede: Estrasburgo (Francia), Bruselas (Bélgica), Luxemburgo

El Parlamento desempeña tres funciones principales:

  • Competencias legislativas

– Aprobar la legislación de la UE, junto con el Consejo de la Unión Europea, a partir de las propuestas de la Comisión Europea

– Decidir sobre acuerdos internacionales

– Decidir sobre ampliaciones

– Revisar el programa de trabajo de la Comisión y pedirle que elabore propuestas de legislación

  • Competencias de supervisión

– Control democrático de todas las instituciones de la UE

– Elegir al Presidente de la Comisión y aprobar a la Comisión como colegio. Posibilidad de aprobar una moción de censura, que obligue a la Comisión a dimitir

– Aprobar la gestión del presupuesto, es decir, la aprobación de la manera en que se han gastado los presupuestos de la UE

– Examinar las peticiones de los ciudadanos y realizar investigaciones

– Debatir la política monetaria con el Banco Central Europeo

– Formular preguntas de la Comisión y del Consejo

– Observación electoral

  • Competencias presupuestarias

– Establecer el presupuesto de la UE junto con el Consejo

– Aprobar el presupuesto de la UE a largo plazo («marco financiero plurianual»)

El Consejo Europeo

Legislación del Vídeo: Artículo 15 del TUE, Artículo 235 del TFUE y Artículo 236 del TFUE.

El Consejo, una de las siete instituciones oficiales de la UE, se reúne en cumbres (normalmente trimestrales) celebradas entre líderes de la UE y presididas por un presidente permanente.

El Consejo Europeo reúne a los líderes de la UE para establecer su agenda política.

Representa el nivel más elevado de la cooperación política entre los países de la UE.

Miembros: Jefes de Estado o de Gobierno de los países de la UE, presidente de la Comisión Europea y alto representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad

Funciones del Consejo Europeo:

  • Decide sobre la orientación y las prioridades políticas generales de la UE, pero no legisla.
  • Se ocupa de cuestiones complejas o sensibles que no pueden resolverse en instancias inferiores de la cooperación intergubernamental.
  • Establece la política exterior y de seguridad común teniendo en cuenta los intereses estratégicos de la UE y las implicaciones en materia de defensa.
  • Designa y nombra a los candidatos elegidos para determinados puestos destacados de la UE, por ejemplo en el BCE y en la Comisión.

Sede: Bruselas (Bélgica).

Fecha de creación: 1974 (foro informal), 1992 (estatus oficial) y 2009 (institución oficial de la UE).

Consejo de Ministros de la Unión Europea

Legislación del vídeo: Tratado de la Unión Europea (TUE) y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE): Artículo 16 TUE (minuto 0:28), Artículo 237 TFUE (minuto 2:47), Artículo 238 TFUE (minuto 2:56), Artículo 239 TFUE (minuto 5:15), Artículo 240 TFUE (minuto 5:20), Artículo 241 TFUE (minuto 6:05), Artículo 242 TFUE (minuto 6:29), Artículo 243 TFUE (minuto 6:37).

CONSEJO DE MINISTROS DE LA UNIÓN EUROPEA Tratado de funcionamiento de la Unión Europea. Consejo europeo.

En el Consejo, los ministros de cada país de la UE se reúnen para debatir, modificar y adoptar leyes y coordinar las políticas nacionales. Cada ministro tiene competencias para asumir compromisos en nombre de su Gobierno en relación con las actuaciones acordadas en las reuniones.

El Consejo es el principal órgano de decisión de la UE junto con el Parlamento Europeo.

No debe confundirse con:

  • el Consejo Europeo (cumbres trimestrales en las que los líderes de la UE marcan las grandes líneas de las políticas europeas).
  • el Consejo de Europa (organismo ajeno a la UE).

¿Qué hace el Consejo?:

  • Negocia y adopta la legislación de la UE, junto con el Parlamento Europeo, a partir de las propuestas de la Comisión Europea.
  • Coordina las políticas de los Estados miembros.
  • Desarrolla la política exterior y de seguridad, siguiendo las directrices del Consejo Europeo.
  • Celebra acuerdos entre la UE y otros países u organizaciones internacionales.
  • Junto con el Parlamento Europeo, aprueba el presupuesto de la UE.

Función: Representar a los Gobiernos de los Estados miembros, adoptar la legislación europea y coordinar las políticas de la UE

Miembros: Ministros de cada país de la UE, en función del tema que se vaya a tratar

Presidente: Cada Estado miembro ejerce la Presidencia por turnos de seis meses

Año de creación: 1958 (“Consejo de la Comunidad Económica Europea”)

Sede: Bruselas (Bélgica)

Comisión Europea

LEGISLACIÓN COMISIÓN EUROPEA: – Artículo 17 TUE (0:30) – Artículo 244 TFUE- 6:19 – Artículo 245 TFUE- 7:16 – Artículo 246 TFUE- 8:26 – Artículo 247 TFUE- 10:16 – Artículo 248 TFUE- 10:34 – Artículo 249 TFUE- 11:10 – Artículo 250 TFUE- 11:34

LEGISLACIÓN ALTO REPRESENTANTE: – Artículo 18 TUE- 11:49

Comisión Europea

La Comisión Europea es el órgano ejecutivo, políticamente independiente, de la UE. La Comisión es la única instancia responsable de elaborar propuestas de nueva legislación europea y de aplicar las decisiones del Parlamento Europeo y el Consejo de la UE.

Función: Velar por los intereses generales de la UE proponiendo y comprobando que se cumpla la legislación y aplicando las políticas y el presupuesto de la UE

Miembros: Un equipo (“colegio”) de comisarios, uno por cada país de la UE

Presidente actual (noviembre 2016): Jean-Claude Juncker *Año de creación: 1958

Sede: Bruselas (Bélgica)

¿Qué hace la Comisión?:

1- Proponer nuevas leyes. La Comisión es la única institución europea que presenta, para que el Parlamento y el Consejo las aprueben:

  • leyes que protegen los intereses de la UE y a sus ciudadanos en aspectos que no pueden regularse eficazmente en el plano nacional
  • leyes correctas en sus detalles técnicos gracias a consultas con expertos y ciudadanos.

2- Gestionar las políticas europeas y asignar los fondos de la UE – Fija las prioridades de gasto de la UE conjuntamente con el Consejo y el Parlamento.

  • Elabora los presupuestos anuales para que el Parlamento y el Consejo los aprueben.
  • Supervisa cómo se gasta el dinero bajo el escrutinio del Tribunal de Cuentas.

3- Velar por que se cumpla la legislación de la UE Conjuntamente con el Tribunal de Justicia, la Comisión garantiza que la legislación de la UE se aplique correctamente en todos los países miembros.

4- Representar a la UE en la escena internacional

  • Habla en nombre de todos los países de la UE ante los organismos internacionales, sobre todo en cuestiones de política comercial y ayuda humanitaria.
  • Negocia acuerdos internacionales en nombre de la UE.

Alto Representante

El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (el Alto Representante) se encarga de coordinar y llevar a cabo la política exterior y de seguridad común (PESC) de la Unión Europea (UE), así como la política común de seguridad y defensa.

El alto representante es a la par uno de los vicepresidentes de la Comisión Europea y, como tal, se asegura de que la acción exterior general de la UE sea coherente.

El alto representante es nombrado por un período de cinco años por el Consejo Europeo por mayoría cualificada (con el acuerdo del presidente de la Comisión Europea).

El nombramiento del alto representante también está sujeto al voto de aprobación del Parlamento Europeo, de acuerdo con el artículo 17 del Tratado de la Unión Europea.

Esto se debe a que el alto representante es también uno de los vicepresidentes de la Comisión Europea y el nombramiento de la Comisión Europea en su conjunto necesita el consentimiento del Parlamento Europeo.

Responsabilidades:

  • El alto representante contribuye al desarrollo de la PESC mediante la presentación de propuestas al Consejo de la UE y el Consejo Europeo.
  • El alto representante se asegura entonces la aplicación de las decisiones que se adopten.
  • Como vicepresidente de la Comisión, el alto representante se asegura de la coherencia y la eficacia de la acción exterior general de la UE en las áreas de asistencia para el desarrollo, el comercio, la ayuda humanitaria y la respuesta a la crisis.
  • El alto representante preside la reunión de ministros de Asuntos Exteriores en el Consejo de la UE.
  • El alto representante también representa a la UE para asuntos relacionados con la PESC.
  • Otras tareas incluyen liderar la Agencia Europea de Defensa y el Instituto de Estudios de Seguridad de la UE.

Servicio Europeo de Acción Exterior:

  • El Alto Representante recibe la asistencia del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) en el desarrollo de sus funciones. El SEAE fue creado en virtud del Tratado de Lisboa y se basa en el artículo 27 del Tratado de la Unión Europea. Está compuesto por funcionarios de la Secretaría General del Consejo y de la Comisión, así como del personal enviado en comisión de servicios desde los servicios diplomáticos de los países de la UE.

El cargo del alto representante se basa en los artículos 18 y 27 del Tratado de la Unión Europea. http://eur-lex.europa.eu/legal-conten…

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea

LEGISLACIÓN: Tratado de la Unión Europea (TUE) y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) – Art.19 TUE minuto 0:31 – Art.251 TFUE minuto 2:24 – Art.252 TFUE min 2:43 – Art.253 TFUE min 3:14 – Art.254 TFUE min 4:33 – Art.255 TFUE min 6:01 – Art.256 TFUE min 6:58 – Art.257 TFUE min 9:07 – Art.258 TFUE min 11:18 – Art.259 TFUE min 11:42 – Art.260 TFUE min 12:41 – Art.261 TFUE min 14:37 – Art.262 TFUE min 14:59 – Art.263 TFUE min 15:44 – Art.264 TFUE min 18:01 – Art.265 TFUE min 18:27 – Art.266 TFUE min 19:46 – Art.267 TFUE min 20:20 – Art.268 TFUE min 21:32 – Art.269 TFUE min 21:43 – Art.270 TFUE min 22:27 – Art.271 TFUE min 22:48 – Art.272 TFUE min 24:46 – Art.273 TFUE min 25:04 – Art.274 TFUE min 25:21 – Art.275 TFUE min 25:41 – Art.278 TFUE min 25:58

El Tribunal de Justicia interpreta la legislación de la UE para garantizar que se aplique de la misma manera en todos los países miembros y resuelve los litigios entre los gobiernos nacionales y las instituciones europeas. En determinadas circunstancias, también pueden acudir al Tribunal los particulares, empresas y organizaciones que crean vulnerados sus derechos por una institución de la UE.

Función: Garantizar que la legislación de la UE se interprete y aplique de la misma manera en cada uno de los países miembros; garantizar que los países miembros y las instituciones europeas cumplan la legislación de la UE

Miembros:

  • Tribunal de Justicia: un juez de cada país miembro y once abogados generales
  • Tribunal General: un juez de cada país de UE
  • Tribunal de la Función Pública: 7 jueces

Año de creación: 1952

Sede: Luxemburgo

El Tribunal consta de tres órganos:

  • Tribunal de Justicia: resuelve las cuestiones prejudiciales planteadas por los tribunales nacionales, ciertos recursos de anulación y los recursos de casación.
  • Tribunal General: resuelve los recursos de anulación que interponen los particulares, las empresas y, en algunos casos, los gobiernos nacionales. Esto significa que, en la práctica, el tribunal se ocupa sobre todo de la legislación sobre competencia, ayudas estatales, comercio, agricultura y marcas comerciales.
  • El Tribunal de la Función Pública resuelve los litigios entre la Unión Europea y su personal. Los gobiernos nacionales designan a los jueces y abogados generales por un periodo renovable de seis años. En cada uno de los tribunales, los jueces eligen a su presidente para un mandato renovable de tres años.

El Tribunal resuelve los asuntos que se le plantean. Los más comunes son:

  • Interpretar la legislación (decisiones prejudiciales): los tribunales nacionales deben garantizar que la legislación europea se aplique correctamente, pero a veces los tribunales de distintos países interpretan las normas de distintas maneras. Si un tribunal nacional tiene dudas sobre la interpretación o validez de una norma europea, puede pedir una clarificación al Tribunal de Justicia europeo. El mismo mecanismo puede utilizarse para determinar si una normativa o práctica nacional es compatible con la legislación europea.
  • Aplicar la legislación (procedimientos de infracción): este tipo de acción se emprende contra una administración nacional por incumplir la legislación europea. Puede entablarla tanto la Comisión Europea como otro país miembro. Si se comprueba que un país ha incumplido las normas, tendrá que poner remedio o afrontar nuevas acciones y una posible multa.
  • Anular normas europeas (recursos de anulación): si se considera que una norma europea vulnera los tratados de la UE o los derechos fundamentales, los gobiernos de los países miembros, el Consejo de la UE o (en algunos casos) el Parlamento Europeo pueden solicitar al Tribunal que la anule. También los particulares pueden solicitar al Tribunal que anule una norma europea que les afecte directamente.
  • Garantizar que la UE actúe (recursos por omisión): en determinadas circunstancias, el Parlamento, el Consejo y la Comisión deben tomar decisiones. Si no lo hacen, los gobiernos nacionales, otras instituciones europeas o (en determinadas circunstancias) los particulares o empresas pueden recurrir al Tribunal.
  • Sancionar a las instituciones europeas (acciones por daños y perjuicios): puede recurrir al Tribunal cualquier persona o empresa que se considere perjudicada en sus intereses por acción u omisión de la UE o de su personal. https://europa.eu/european-union/abou…

El Tribunal de Cuentas

En este repaso veremos el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas y el Banco Central Europeo.

LEGISLACIÓN: Tratado del Funcionamiento de la Unión Europea: http://eur-lex.europa.eu/legal-conten…:

  • El Tribunal de Cuentas: Artículo 285 (antiguo artículo 246 TCE) – Artículo 286 (antiguo artículo 247 TCE)
  • El Banco Central Europeo: Artículo 282, 283 (antiguo artículo 112 TCE) – Artículo 284 (antiguo artículo 113 TCE)
  • El Defensor Del Pueblo Europeo: Artículo 228 (antiguo artículo 195 del TCE)
  • Órganos consultivos de la Unión: Artículo 300 del Tratado del Funcionamiento de la Unión Europea