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Qué hay que llevar al examen de Auxilio Judicial 2021?

abril 7, 2021

Última hora sobre el Examen de Auxilio Judicial

examen auxilio judicial 2021

Hola opovaliente, en este post te cuento lo último que ha publicado el ministerio respecto al examen de Auxilio Judicial del próximo 17 de Abril.

examen auxilio judicial 2021
Examen Auxilio Judicial 2021

Lo más importante es que no olvides consultar los listados, con la distribución de los opositores por aulas, en cada sede de examen, que se publicarán unos días antes del examen. Conforme vayan saliendo los iré compartiendo en mis historias de Instagram @repasandosinpapeles

Para evitar aglomeraciones, cada uno de los opositores deberéis descargaros el aula que os corresponde, para agilizar la entrada a las aulas de examen.

Está prohibido el acceso de acompañantes al recinto de celebración de las pruebas durante todo su desarrollo.

Uso obligatorio de mascarilla quirúrgica o FFP2, sin este tipo de mascarilla, no se podrá acceder a la facultad o recinto.

Deberán llevar sus propios bolígrafos, azul o negro, de punta dura

Las sedes de examen deberán disponer de geles hidroalcohólicos en los pasillos a la entrada de las aulas.

Se aconseja que lleven su propio gel hidroalcohólico para su uso exclusivamente individual, durante el desarrollo de la prueba.

Se mantendrá la distancia de seguridad de 1,5 m, en todo momento, tanto en los pasillos, como en las aulas.

Cuando finalicen el ejercicio, deberán abandonar la facultad, ordenadamente, manteniendo la distancia de seguridad.

Justificante de movilidad para desplazarse para hacer el examen de auxilio judicial

El ministerio de justicia también ha publicado una nota sobre los desplazamientos del día 17 de abril para ir a hacer el examen de Auxilio Judicial, y dice lo siguiente:

Las causas que pueden justificar los viajes a otras zonas del país están recogidas en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaró el segundo -y vigente- estado de alarma. Según el texto publicado, se pueden realizar desplazamientos, entre otras razones, para hacer exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

Si alguna autoridad requiere la justificación del desplazamiento entre zonas de movilidad restringida, se considera suficiente la presentación de la publicación de la fecha del examen en el BOE y la inclusión del interesado en las listas de admitidos (Orden JUS/263/2021, de 16 de marzo, por la que se aprueba la relación de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer y segundo ejercicios del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia)

Cualquier otro justificante (necesidad de acompañante por motivos médicos, por ejemplo) no puede ser emitido desde el órgano convocante, por carecer de competencia en la motivación de los desplazamientos de personas no incluidas en dichos listados.  

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