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Ayudante IIPP (Instituciones Penitenciarias): Requisitos y Noticias Convocatoria 2022

junio 27, 2022

El 27 de junio de 2022 se publicó en el BOE la convocatoria de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias (IIPP), Subgrupo C1 para cubrir 1850 plazas de acceso libre.

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El proceso selectivo para el puesto de Ayudante de IIPP (Instituciones Penitenciarias) es mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que os iré contando en los vídeos de mi canal de YouTube de oposiciones REPASANDO SIN PAPELES que iré publicando durante esta semana.

El proceso selectivo incluye la superación de un curso selectivo y un período de prácticas en Centros Penitenciarios. Para la realización de este período de prácticas, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Requisitos para opositar a Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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  • El primer requisito básico para poder opositar a Ayudante de Instituciones Penitenciarias es no haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación, conforme a lo dispuesto en el artículo noveno de la Ley 39/1970, de 22 de diciembre, sobre reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios, modificada por Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre.
  • Solo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
  • La titulación requerida para opositar a Ayudante de Instituciones Penitenciarias es el título de Bachiller o Técnico o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. También puedes hacerlo si tienes un Título equivalente a Bachiller o Técnico. Sin quieres saber qué títulos son equivalentes a Bachiller o Técnico te lo cuento más abajo.
    • Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

¿Cuál es el Título de “Técnico” en las oposiciones?

Siempre que en una convocatoria, para cualquier convocatoria, se requiera estar en posesión o bien del título de Bachiller o bien del título genérico de Técnico, serán equivalentes y válidos para acceder a ese puesto de trabajo convocado, el título de Bachiller y cualquiera de los títulos de Técnico:

  • Técnico de las enseñanzas de Formación Profesional
  • Técnico de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño
  • o de Técnico Deportivo de las enseñanzas Deportivas.

Como veis para opositar a Ayudante en Instituciones Penitenciarias basta con tener el título de Técnico. El título de Técnico se obtiene al cursar un Ciclo Formativo de Grado Medio. Pero puedo presentarme a la oposición si mi título de formación profesional es de uno de los anteriores sistemas educativos? Lo vemos a continuación en el siguiente punto.

¿Puedo opositar a Ayudante de IIPP con la antigua FPI Y FPII?

¿Cursaste los estudios de formación profesional con anterioridad? Si tienes el título de FPI o de FPII de la antigua Ley 14/1970, o si conseguiste el título de Formación Profesional en la época en que estaba vigente la LOGSE (1990 hasta el 2006), esto te interesará saberlo:

Para las antiguas titulaciones de Técnico Auxiliar y Técnico Especialista derivadas de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, según la Ley que está vigente actualmente, es decir, la LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) se establece lo siguiente:

  • El antiguo título de Técnico Auxiliar que obteníamos con la Formación profesional de primer grado FP1 o con los Módulos experimentales de nivel II) tendrá los mismos efectos académicos que el título de Graduado en ESO, pero a efectos profesionales, que es lo que en cuanto a oposiciones nos interesa, equivaldrá al actual Título de Técnico (titulación que se obtiene actualmente al cursar un Ciclo Formativo de grado medio) de la correspondiente profesión.
  • El antiguo título de Técnico Especialista (Formación profesional de segundo grado FP2 o Módulos experimentales de nivel III) tendrá los mismos efectos tanto académicos como profesionales que el actual Título de Técnico Superior (titulación que se obtiene actualmente al cursar un Ciclo Formativo de grado superior) en la correspondiente especialidad.
  • Para aquellas titulaciones de Técnico Auxiliar y Técnico Especialista que no tengan establecida esta correspondencia se establece la equivalencia genérica con el título de Técnico y Técnico Superior respectivamente conforme dice el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en su disposición adicional cuarta.

Así que tanto si cursaste FP1, FP2 o cualquiera de los Módulos de nivel II y III, podrías presentarte a cualquier oposición en la que te exijan el título de Bachiller o Técnico.

En resumen, “TÉCNICO”, en formación profesional, hace referencia a cualquier título de Técnico de FP, es decir:
– Técnico Auxiliar (FPI)
– Técnico Especialista (FPII)
– Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio)
– Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior)

Os dejo también el acceso a una herramienta que está especialmente diseñada para que puedas encontrar la equivalencia de los estudios cursados con anterioridad (Títulos de Formación profesional de la Ley General de Educación de 1970 – FPI y FPII – y de la Ley Orgánica General del Sistema Educativo de 1990 (LOGSE)).

Las correspondencias con los módulos de la LOGSE también podéis verlas claramente aquí: https://www.todofp.es/que-como-y-donde-estudiar/que-estudiar/familia/logse/informatica.html

 ¿Qué es “EQUIVALENTE” al título de Bachiller?

Si cumples alguna de las siguientes equivalencias a efectos profesionales con el título de Bachiller también tendrás la opción de opositar a Ayudante de Instituciones Penitenciarias:

  • Es equivalente con el título de Bachiller haber superado el Curso Preuniversitario establecido en la Ley de 26 de febrero de 1953, sobre la Ordenación de la Enseñanza Media.
  • Es equivalente también con el título de Bachiller el título oficial de Maestro o Maestra de Enseñanza Primaria.
  • Es equivalente al título de Bachiller, siempre que acredites que tienes el título de Graduado en ESO o equivalente académico, que hayas superado alguna de las siguientes pruebas de acceso:
    • formación profesional de grado superior.
    • enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior.
    • enseñanzas deportivas de grado superior.
  • Es equivalente al título de Bachiller, que hayas superado la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores para mayores de 19 años, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:
    • Estar en posesión del título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos.
    • Estar en posesión del equivalente al título de Graduado en ESO por acreditar alguno de los siguientes requisitos:
      • Haber superado todas las materias de los dos primeros cursos de la ESO.
      • Haber cursado el ciclo de grado medio y haber superado un número de módulos profesionales cuya duración constituya al menos la mitad de la duración total del ciclo.
      • Haber cursado el ciclo de grado superior y haber superado un número de módulos profesionales cuya duración constituya al menos la tercera parte de la duración total del ciclo formativo.
      • Haber superado al menos 10 créditos ECTS de las enseñanzas artísticas superiores.
      • Acreditar estudios extranjeros que impliquen una escolaridad equivalente a la requerida en el sistema educativo español para incorporarse al tercer curso de Educación secundaria obligatoria.
      • Haber superado todos los ámbitos del nivel I de la Educación secundaria para personas adultas.
    • Haber superado al menos 15 créditos ECTS de las enseñanzas artísticas superiores.
  • Es equivalente al título de Bachiller la superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:
    • o bien estar en posesión del título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos o a efectos profesionales.
    • o bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.
  • Son equivalentes al título de Bachiller los estudios parciales de algún bachillerato anterior al regulado en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, a excepción del Bachillerato Elemental, siempre que se acredite que en su momento se tenía pendiente de superación la prueba de grado superior o reválida o un máximo de dos materias del correspondiente bachillerato.
  • Es equivalente al título de Bachiller la acreditación ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, mediante alguno de los documentos oficiales de la superación de determinados estudios de Enseñanzas Artísticas.

Toda esta información sobre las equivalencias la tenéis detallada en la Orden
EDU/1603/2009, de 10 de junio
por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado
en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación
. De esta orden tenéis que mirar la última actualización de 2011, ya que esta Orden fue modificada en 2011 por Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

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