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Convocatoria Técnico de Hacienda 2020

enero 8, 2020
boe tecnico de hacienda convocatoria 2020

En este post voy a contarte los puntos más importantes de la convocatoria de Técnico de Hacienda de enero de 2020.

El acceso al cuerpo de Técnico de Hacienda por ingreso libre se realizará mediante el sistema de oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que os cuento más abajo.

Cómo hacer la inscripción para opositar a Técnico de Hacienda

La inscripción has de hacerla obligatoriamente por vía telemática con certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria: INSCRIBIRSE

Tendrás veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud.

En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberás dirigirte a la información y ayuda incluida en el siguiente enlace: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/B201/tecnica.shtml

Instrucciones para cumplimentar el modelo 791 AEAT 2019

Para opositar a Agente de Hacienda has de cumplimentar el MODELO 791 AEAT siguiendo las instrucciones que te indico a continuación:

  • En el recuadro 15, «Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría», se consignará «Cuerpo Técnico de Hacienda», el código «0014» correspondiente.
  • En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará de acuerdo con las siguientes claves:

«L»: Acceso libre

«A»: Promoción interna (funcionarios pertenecientes al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, Código 1135, y funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 destinados o con reserva de puestos en la Agencia Estatal de Administración Tributaria).

«R»: Promoción interna (resto de funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1.)

  • En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «AEAT», código «TB».
  • En el recuadro 19, «Fecha BOE», se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
  • En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará la provincia de preferencia para la realización del primer y segundo ejercicio de la oposición, entre las que seguidamente se señalan: A Coruña, Barcelona, Madrid, Málaga, Palma de Mallorca, Las Palmas de Gran Canaria, Sevilla, Valencia y Valladolid.

En el caso de que el número de opositores no justificase la realización de algún ejercicio en alguna de las ciudades citadas, el Tribunal número 1 convocará a los opositores afectados a los oportunos lugares de examen.

En el caso de no señalar lugar de examen, se entenderá que el opositor opta por realizar los ejercicios en Madrid.

  • En el recuadro 21, «Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el grado de discapacidad que tengan acreditado.

La mera indicación del grado de discapacidad no será expresiva de la voluntad del aspirante de participar por el cupo de reserva para personas con discapacidad, para lo cual deberán indicarlo necesariamente en la casilla 22.

  • En el recuadro 22, los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo marcando el turno general «G».
  • En el recuadro 23 los aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
  • En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales».

En el apartado de «Exigidos en convocatoria» se seleccionará, de entre los mostrados, el más adecuado a la titulación académica poseída y en el apartado de «Otros títulos oficiales» se consignará la titulación poseída o en condiciones de obtener y que, en su caso, el interesado presentará para el nombramiento de funcionario.

  • En el recuadro 25:

En el Apartado A) se consignará el Cuerpo o Escala de procedencia (sólo para los aspirantes de promoción interna),

En el Apartado B) el idioma elegido por el aspirante para la segunda parte del primer ejercicio de la fase de oposición

En el Apartado C) se consignará si desea ejercer el derecho a reserva de ejercicio en aplicación de la norma de fomento de la promoción interna y turno de reserva por discapacidad;

En el apartado D) se consignará, en su caso, la causa de aplicación del derecho de reserva del ejercicio (fomento a la promoción y turno de discapacidad)

En el apartado E) el ejercicio o ejercicios reservados (primero o primero y segundo).

  • En el recuadro 26 se indicará si se está exento del pago de la tasa o si se tiene derecho a la bonificación del 50%.

Tasas de Examen Técnico de Hacienda 2020

Las tasas de derechos de examen, es decir, el importe a pagar para poder opositar para Técnico de Hacienda es el siguiente:

  • Técnico de Hacienda Ingreso Libre: 22,87 euros / 11,44 si tienes familia numerosa.
  • Técnico de Hacienda Promoción Interna: 11,44 euros / 5,72 si tienes familia numerosa.

El ingreso de la tasa se efectuará también obligatoriamente por vía telemática, ya sea con certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», según la forma de presentación de la instancia.

En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el extranjero, se realizará éste en la cuenta corriente número 0128 0072 19 0100005621 [(IBAN: ES48 0128 0072 1901 0000 5621) (BIC: BKBKESMM)], abierta, exclusivamente para las solicitudes suscritas en el extranjero, en C/ Orense, n.º 85 –28020 Madrid– a nombre de Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Estoy exento de pagar la tasa?

Estarán exentas del pago de esta tasa para opositar a Agente de Hacienda:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria.

c) Las familias numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general.

d) Las víctimas del terrorismo.

Podéis encontrar más detalles y la documentación que tenéis que aportar para justificar que estáis exentos del pago de la tasa de examen para cada uno de los casos en el punto 5.4 de la convocatoria.

Cuándo serán los exámenes?

Una vez termine el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de un mes según pone en la convocatoria, se publicarán la lista de admitidos y excluidos de cada proceso en el boe señalándose un plazo de diez días hábiles para que podáis subsanar en el caso de que hayáis sido excluidos por error. También se publicará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

Se prevee que la duración máxima de la fase de oposición sea de doce meses, y que el primer ejercicio sea como muy tarde cuatro meses desde la publicación de esta convocatoria. Eso es lo que se prevee.

Una vez comenzados los procesos selectivos, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.

Dónde serán los exámenes?

Los exámenes de las oposiciones de Técnico de Hacienda se desarrollarán de forma descentralizada en las sedes que se establezcan.

Al rellenar la instancia tendrás que señalar la Provincia de examen que prefieres para la realización de los ejercicios de la oposición:  A Coruña, Barcelona, Madrid, Málaga, Palma de Mallorca, Las Palmas de Gran Canaria, Sevilla, Valencia y Valladolid.  (*) (**)

* En el caso de que el número de opositores no justificase la realización de algún ejercicio en alguna de las ciudades citadas, el Tribunal número 1 convocará a los opositores afectados a los oportunos lugares de examen.

** En el caso de no señalar lugar de examen, se entenderá que el opositor opta por realizar los ejercicios en Madrid.

No se podrá declarar superados los procesos selectivos a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada uno de ellos.

Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo electrónico convocatorias@correo.aeat.es, sin que este correo tenga la consideración de Registro Telemático.

Requisitos para opositar a Técnico de Hacienda

Para poder opositar a Técnico de Hacienda tendrás que poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera, además, de los requisitos enumerados en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los siguientes requisitos:

  • Nacionalidad: Ser español.
  • Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado (*), Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado.

(*) Se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

  • Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del puesto de trabajo a desempeñar.

Cómo son los exámenes de Técnico de Hacienda?

Para opositar a Técnico de Hacienda tendrás que realizar dos exámenes. Tanto el Primer Ejercicio como el Segundo ejercicio son eliminatorios:

Primer ejercicio:

Constará de dos partes a realizar en una única sesión, siendo ambas obligatorias.

1.ª parte: Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de dos horas treinta minutos, a un cuestionario de veinticuatro preguntas/supuestos sobre el temario de «Derecho Civil y Mercantil. Economía» y «Derecho Constitucional y Administrativo « que figura en los Anexos III.1.1 y III.1.2 de esta Resolución.

2.ª parte: Consistirá en la realización de una prueba escrita consistente en completar un texto en el idioma elegido con las palabras o expresiones adecuadas, sin diccionario, en un tiempo máximo de una hora. Su realización es obligatoria y versará sobre el conocimiento de los idiomas inglés, francés o alemán, a elección del aspirante según opción manifestada en su solicitud.

Recopilación de textos normativos focalizados en superar el primer, segundo y tercer Ejercicio de TÉCNICO DE HACIENDA.
Igualmente, los apuntes de constitucional y administrativo también fueron utilizados por su autor Emilio Cabrera, para preparar la primera parte de Agentes de Hacienda pública, oposición que aprobó a la vez junto a Técnico de Hacienda en 2018.
Los temas están estructurados a dos columnas de manera que en menos espacio a vista de pájaro puedas llegar a más información. Esta estructura fue parte del éxito de Emilio. Reforzarás tu memoria visual y agilizarás los repasos, haciendo fácil lo difícil. 
Estos apuntes reúnen el trabajo de más de tres años opositando y te serán de gran ayuda en la preparación de tus oposiciones.

Segundo ejercicio:

Consistirá en la resolución por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de 5 supuestos prácticos de Contabilidad y Matemática Financiera, según el temario que figura como Anexo III.1.3. de esta Resolución.

Tercer ejercicio:

Constará de dos partes a realizar en una única sesión, siendo ambas eliminatorias.

1.ª parte: Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, a un cuestionario de 24 preguntas sobre el temario de «Derecho Financiero y Tributario Español» que figura como Anexo III.1.4 de esta convocatoria. Entre dichas preguntas se incluirá la realización de supuestos prácticos, tanto de liquidación de Impuestos como de aplicación del resto del Derecho Tributario.

2.ª parte: Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de hora y media, un tema extraído al azar de entre los temas del Anexo III.1.4 «Derecho Financiero y Tributario Español», excluidos los temas números 1, 2, 3, 17, 21, 27, 28, 32, 37 y 38. El tema deberá ser leído por el opositor, en sesión pública, ante el Tribunal. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

Los ejercicios deberán escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

Cuánto puntúa cada ejercicio y el curso

FASE DE OPOSICIÓN

La calificación de los ejercicios de la fase de oposición se realizará de la forma siguiente:

Primer ejercicio:

1.ª parte: Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

2.ª parte: Se calificará de 0 a 3 puntos.

Segundo ejercicio:

Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio:

Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo.

Cada una de las dos partes se calificará de 0 a 20 puntos.

No se admitirá la compensación en el caso de que la calificación fuera inferior a 8 puntos en alguna de las dos partes.

El Tribunal podrá publicar listas de los aspirantes que hayan igualado o superado la calificación mínima de 8 puntos en la primera parte del tercer ejercicio y que, consecuentemente, pueden realizar la lectura del tema escrito.

El Órgano de Selección fijará las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar cada uno de los ejercicios.

En cada uno de los ejercicios, las calificaciones resultarán de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Órgano de Selección, teniendo en cuenta lo siguiente: Las puntuaciones directas mínimas que el Órgano de Selección fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlos.

Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas de cada ejercicio.

Para la calificación de los ejercicios el Órgano de Selección evaluará el conocimiento de los aspirantes manifestado en sus respuestas a las cuestiones planteadas, valorando su grado de corrección, adecuación, integridad y precisión, con indicación y expresión, en su caso, de la normativa correspondiente y ajustada a su literalidad, en una exposición apropiada y correctamente estructurada y contextualizada.

En las cuestiones de respuestas alternativas, la puntuación se asignará al saldo positivo de las acertadas menos las erróneas. Las no respondidas no computan.

En el examen correspondiente a la segunda parte del tercer ejercicio se valorará, además, la calidad de la expresión escrita y orden de ideas, el rigor y precisión conceptual y, en la sesión de lectura, la claridad expositiva mostrada a través de la fluidez, entonación y ritmo de la lectura.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas por los aspirantes en los ejercicios de la fase de oposición. En caso de igualdad de puntuación final entre dos o más aspirantes por acceso libre, la prelación se establecerá de la siguiente forma: en primer lugar, la puntuación del tercer ejercicio, en segundo lugar, la puntuación del segundo ejercicio y en tercer lugar, la puntuación del primer ejercicio.

CURSO SELECTIVO

Los aspirantes que superen la fase de oposición realizarán un curso selectivo, de una duración máxima de cuatro meses lectivos, en el Instituto de Estudios Fiscales, que se desarrollará en los lugares que se determinen en la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de aspirantes aprobados en la fase de oposición en la que concretará el procedimiento de elección si hay más de uno.

El curso selectivo tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo Técnico de Hacienda.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria.

Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, debiendo realizarlo en la primera ocasión en que dicho curso tenga lugar y una vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

La calificación máxima posible será de 50 puntos por el total de las materias cursadas, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos y haber aprobado todas las asignaturas.

Los aspirantes que no superen inicialmente algunas de las asignaturas del curso, realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva prueba sobre las asignaturas no aprobadas, la cual en ningún caso se calificará con más de 5 puntos sobre 10.

Calificación Final de la Oposición

La calificación final de los aspirantes en el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y curso selectivo. En caso de empate entre dos o más aspirantes, la prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el curso selectivo y, de persistir éste, de acuerdo con los criterios establecidos en las bases de la convocatoria.

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