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Convocatoria Auxilio Judicial 2017

noviembre 30, 2017

Se convoca el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. Además del de Tramitación Procesal y Gestión Procesal que publicaré en un rato, y a los que podréis acceder desde aquí mismo.

A fecha 30 de noviembre se acaba de publicar por fin las convocatorias de justicia de acceso libre de la OEP 2016!!


Auxilio Judicial: 525 plazas

Tramitación Procesal: 797 plazas


– Gestión Procesal y Administrativa: 391 plazas


Os dejo un resumen de la convocatoria y toda la información que he podido recopilar para la inscripción en el proceso selectivo para el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia y por supuesto el ENLACE AL BOE DE LA CONVOCATORIA, desde donde he obtenido parte de esta información (lo encontraréis al final del post):


Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir 525 plazas de las comprendidas en el Anexo II, «Personal de la Administración de Justicia», del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, en el Cuerpo de Auxilio Judicial (código de cuerpo 030) a través del sistema de oposición, con la siguiente distribución territorial:

Andalucía . . . . . . . . . 74 (sistema general)- 6 (reserva con discapacidad)
Canarias . . . . . . . . . . 56 (sistema general)- 4 (reserva con discapacidad)
Comunidad Valenciana .35 (sistema general)- 3 (reserva con discapacidad)
Madrid . . . . . . . . . . . 86 (sistema general)- 6 (reserva con discapacidad)
Navarra . . . . . . . . . .  12 (sistema general)- 1 (reserva con discapacidad)
País Vasco . . . . . . . . . 41 (sistema general)- 3 (reserva con discapacidad)
La Rioja . . . . . . . . . .  11 (sistema general)- 1 (reserva con discapacidad)
Ministerio de Justicia . 173 (sistema general)- 13 (reserva con discapacidad)
Total . . . . . . . . . . . . 488 (sistema general)- 37 (reserva con discapacidad)

INSTRUCCIONES: Para la presentación telemática necesitaréis alguna de las tres cosas siguientes:

*CERTIFICADO DIGITAL, que podéis obtenerlo a través de una de las siguientes opciones:     

– FIRMA ELECTRÓNICA        

– DNI ELECTRÓNICO  

  • CL@VE PIN
  • *CL@VE PERMANENTE

Os dejo un videotutorial que he encontrado en donde se explica qué es cl@ve, cómo registrarse en cl@ve y cómo usar Cl@ve-Pin (desde el PC y Movil), como usar Cl@ve Permanente y ejemplos de uso como en la Seguridad Social, DGT y Agencia Tributaria. Espero que os sirva!

Vídeo sobre cómo funciona la Cl@ve-pin y la Cl@ve Permanente:

PASOS A SEGUIR: He recopilado estas INSTRUCCIONES y os recomiendo que antes de rellenar la solicitud y pagar la tasa os leáis atentamente las instrucciones para cumplimentación del proceso de inscripción que figuran en el ANEXO III de esta convocatoria.  

1) Para la inscripción electrónica se pueden utilizar distintos certificados entre los cuales están: – DNI electrónico
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action…

– Certificado de persona física emitido por la FNMT
https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica

– Aquellos funcionarios que dispongan de tarjeta de lexnet, pueden utilizar dicha tarjeta para la inscripción electrónica.

– Clave PIN 24 (Recomendado)
http://clave.gob.es/clave_Home/PIN24H/Que-es.html
2) Una vez que disponemos de certificado electrónico tenemos que acudir al siguiente enlace:
https://ips.redsara.es/…/act…/secure/buscarConvocatorias.do…


3) Seleccionamos el Cuerpo en el que nos queremos inscribir. El plazo de presentación de instancias es de 20 días hábiles.

4) Posteriormente elegimos la opción a través del cual queremos inscribirnos. – Inscripción telemática.

– Soporte papel: formulario 790, solamente en el caso de que el aspirante no sea titular de una cuenta bancaria en alguna de las entidades financieras que permiten el pago telemático de tasas administrativas.
https://www5.aeat.es/es13/h/pago007h.html

5) A continuación llegamos a una pantalla donde hay que rellenar datos personales, algunos ya vienen rellenos por el certificado digital. Seleccionamos la sede de examen.

*Casilla 24. Titulación. Seleccione la titulación de acuerdo con lo establecido en la convocatoria. En caso de que no figure en el desplegable, deberá seleccionar el guión que aparece en primer lugar y escribir la titulación que posee en la casilla «Otras titulaciones».

*Casilla 25. Acreditación de lengua autonómica y/o Derecho Civil Vasco. «Datos a consignar según las bases de la convocatoria». Quienes deseen realizar las pruebas optativas escribirán la palabra «Realiza» en el cuadro correspondiente al tipo de prueba,quienes deseen acreditar documentalmente sus conocimientos escribirán «Documenta» y quienes se acojan a ambos sistemas, en los términos de la convocatoria, indicarán «Documenta y realiza».


6) Las personas que deseen acogerse a la exención o reducción de la tasa y deban presentar la documentación acreditativa que se indica en la base 5.4 de la convocatoria, podrán autorizar al órgano gestor para que pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, respecto a los siguientes documentos:

– Los acreditativos de grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.

– La certificación relativa a la condición de demandante de empleo.

– La aportación del título de familia numerosa cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.

En caso de «no prestar el consentimiento» al órgano gestor se deberá marcar la casilla que aparece a tal efecto en la solicitud y se presentarán los documentos acreditativos con la instancia de solicitud. Asimismo, los demás documentos que se indican en la base 5 deberán aportarse en todo caso junto con la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud. Aquellos aspirantes que opten en virtud de la base 4.2 b) por acreditar los dos años de antigüedad si fue interino con anterioridad a aprobar su plaza o si ha realizado sustituciones verticales, de tal modo que la suma de los distintos periodos sea igual o superior a 2 años, desde CCOO aconsejan que como documento adjunto se aporte un certificado emitido por la Administración competente acreditando dichos periodos y así no salir excluido en los listados provisionales.

La cantidad a pagar se refleja automáticamente el formulario. Asimismo se puede optar entre pagar con tarjeta de crédito o mediante cuenta bancaria.

Recordamos la importancia de dar el consentimiento en la siguiente pantalla, ya que en caso contrario deberá acreditar con posterioridad los datos de identificación, titulación, etc. A efectos de comunicaciones y demás incidencias se puede contactar en los siguientes números:

Ministerio de Justicia: 902007214 y 918372295
Andalucía: 955031800 y 955031840
Canarias: 922476230
Madrid: 917209089
Comunidad Valenciana: 961209248 y 961209249
Navarra: 848422907 y 848424376
País Vasco: 945019132 y 945019122

Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden JUS/875/2017, de 8 de septiembre (BOE de 15 de septiembre), por la que se establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de ésta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción. Cuando el aspirante no sea titular de una cuenta bancaria en alguna de las entidades financieras que permiten el pago telemático de tasas administrativas, cuya relación podrá consultarse en la sede electrónica del Ministerio de Justicia o de la Agencia Tributaria (https://www5.aeat.es/es13/h/pago007h.html), podrá realizar la presentación en soporte papel en el Registro General del Ministerio de Justicia, C/ Bolsa n.º 8, 28071 Madrid, o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, así como en cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Excepcionalmente también se podrá utilizar esta vía cuando resulte imposible la inscripción electrónica por razones técnicas. En este caso la solicitud se dirigirá a la Unidad EA0010560-Procesos Selectivos Administración de Justicia Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos Justiciay se deberá adjuntar a la solicitud la declaración que se contiene en el anexo IV de la presente convocatoria o, en su caso, acreditar documentalmente la incidencia técnica producida. Tasa de derechos de examen: El importe de la tasa por derechos de examen será de 11,32 € (5,66 € en caso de derecho a reducción del 50%). Están exentos del pago de la tasa los aspirantes que reúnan los requisitos que se detallan en la base novena, apartados 5 y 6 de las bases comunes que deberán acreditar su derecho a esta exención aportando la documentación que se indica. No será necesario presentar la documentación acreditativa para la exención o reducción de tasa en los supuestos especificados en el Anexo III de esta convocatoria, que será recabada de oficio por el órgano gestor, salvo que no consienta el solicitante. Las personas con discapacidad que deseen solicitar adaptaciones de tiempo deberán aportar un dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los ejercicios según sus circunstancias personales. Este dictamen podrá presentarse junto con la instancia o posteriormente hasta el último día del plazo de subsanación de la solicitud. El Tribunal Calificador Único estudiará la propuesta del informe técnico y decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que figuran en la misma y en el ANEXO III (BOE):

Instrucciones para la cumplimentacion de la solicitud de admision

Estas instrucciones serán completadas y actualizadas por las que figuren en las páginas web indicadas en la convocatoria. Léalas atentamente. Muy importante. El impreso se cumplimenta y descarga gratuitamente en la pagina web que se indica en la convocatoria y contiene una numeración. No lo cumplimente ni modifique a mano ni utilice fotocopias, porque no podrán ser admitidas.

Acceso:

El impreso es el modelo 790- Código 007 en cuya parte superior figura «solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen» que estará disponible en el punto de acceso general (www.administracion.gob.es) o a través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es, dentro de la pestaña «Ciudadanos», sección «Empleo Público», cuerpo Auxilio Judicial. El aspirante que solicita presentarse al proceso selectivo deberá disponer de un certificado digital válido de persona física (más información: http://firmaelectronica.gob.es y en https://www.dnielectronico.es/).Solicitud:

– Casilla 15. Indique el Cuerpo (y el Código: revisar) que se recoge en la convocatoria.

– Casilla 18. Forma de acceso. Deberá constar «L» para indicar acceso libre.

– Casilla 20. Indique provincia (y código), en que desea realizar el examen de entre las que se especifican en la Orden de Convocatoria.

Los aspirantes que opten por el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid indicarán el código 28 mientras los que opten por el ámbito competencial del Ministerio de Justicia pero quieran ser examinados en Madrid indicarán el código 98 Madrid- Órganos Centrales.

– Casillas 21 a 23. Para el caso de aspirantes con discapacidad:
a) Los aspirantes con discapacidad harán constar en el recuadro 21 el grado de discapacidad que tengan reconocido y la Comunidad Autónoma que la acredita.
b) Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que opten por las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad que se indican en la base 1.2 deberán hacerlo constar marcando el valor «SI» en el recuadro 22 «Reserva discapacidad.»
c) En el recuadro 23 «Adaptación que solicita en caso de discapacidad» expresarán, en su caso, las adaptaciones de tiempo y medios que puedan requerir, a fin de que el Tribunal cuente con la necesaria información para la adaptación de la realización de los ejercicios. Se deberá aportar además, un dictamen técnico facultativo actualizado acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los ejercicios según sus circunstancias personales.

– Casilla 25. «Datos a consignar según las bases de la convocatoria» Quienes deseen realizar las pruebas optativas de lengua autonómica y Derecho foral indicarán en la casilla correspondiente la palabra «Realiza», quienes deseen acreditar documentalmente sus conocimientos indicarán «Documenta» y quienes se acojan a ambos sistemas, en los términos de la convocatoria, «Documenta y realiza».

– En caso de presentación en papel NO OLVIDE FIRMAR EL IMPRESO EN EL RECUADRO CORRESPONDIENTE.

Pago y presentación:


– Una vez cumplimentada la solicitud se procederá al pago y registro electrónicos, según las instrucciones que se indican. En caso de que no se pueda realizar el pago por no disponer de cuenta en cualquiera de las entidades colaboradoras adheridas a la pasarela de pago de la Agencia Tributaria o por razones técnicas, se podrá realizar la presentación y pago en papel conforme a lo establecido en la base novena de las bases comunes, debiendo cumplimentarse el Anexo IV y acreditar la incidencia técnica.

– Como resultado se podrá descargar un documento con los comprobantes del pago y del registro de la solicitud, firmado electrónicamente, que servirá de justificante de haberlo realizado correctamente.

– La constancia del correcto pago de la tasa estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

Presentación y pago electrónicos:


– Deberá disponer de un certificado electrónico, acceder al portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es, dentro de la pestaña «Ciudadanos», sección «Empleo Público», cuerpo Médicos Forenses y seguir las instrucciones previstas.

– Mediante esta opción se realizarán electrónicamente los trámites de cumplimentación del formulario, pago y presentación en el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia.

– Como resultado se podrá descargar un documento con los comprobantes del pago y del registro de la solicitud, firmado electrónicamente, que servirá de justificante de haberlo realizado correctamente.

– La persona que solicita presentarse al proceso selectivo será quien deba realizar el pago y el registro de su solicitud.

Presentación y pago presencial:

– Deberá tener habilitada la ejecución de javascript en su navegador. – Mediante esta opción se realizará electrónicamente el trámite de cumplimentación del formulario.

– Como resultado se podrán imprimir los tres ejemplares del formulario: «ejemplar para el interesado» «ejemplar para la Administración» y «ejemplar para la entidad colaboradora». – Presente los tres ejemplares de esta solicitud en cualquiera de las entidades bancarias que actúan como entidades colaboradoras de la recaudación tributaria. (No es preciso tener cuenta abierta).

 – La entidad colaboradora le deberá devolver, debidamente sellados, el «ejemplar para el interesado», que servirá como justificante de pago y el «ejemplar para la Administración»

– El «ejemplar para la Administración» de esta solicitud deberá entregarse en alguno de los registros indicados en la convocatoria, que devolverán sellado o, en su caso, también sellarán el «ejemplar para el interesado». Este sello del Registro servirá como justificante de la presentación.

– Las solicitudes presentadas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares correspondientes. A las mismas se acompañará el justificante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta que figure en la convocatoria.

Exención o reducción de tasa:

– Las personas que deseen acogerse a la exención o reducción de la tasa y deban presentar la documentación acreditativa que se indica en la base 5.4 de esta convocatoria, podrán autorizar al órgano gestor para que pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, respecto a los siguientes documentos:

• Los acreditativos de grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.

• La certificación relativa a la condición de demandante de empleo y situación de estar percibiendo una prestación por desempleo.

• La aportación del título de familia numerosa cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion. gob.es/PAG/PID.

– En caso de NO PRESTAR EL CONSENTIMIENTO al órgano gestor se deberá hacer constar en la casilla que aparece a tal efecto en la solicitud y se presentarán los documentos acreditativos con la solicitud.

– Asimismo, los demás documentos que se indican en la base 5 deberán aportarse en todo caso junto con la solicitud.

– La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

El primer ejercicio se realizará dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La fase de oposición tendrá una duración máxima de tres meses desde el primer ejercicio.

Los dos ejercicios de la oposición se celebrarán conjuntamente en un mismo acto en el mismo día y a la misma hora en todas las sedes de examen.

El acto de examen que incluye ambos ejercicios de la fase de oposición tendrá lugar dentro de los 45 días siguientes a la publicación de la Resolución por la que se eleva a definitiva la relación de admitidos y excluidos, en la misma fecha y hora en todas las sedes de examen, publicándose en el Boletín Oficial del Estado la fecha, hora y lugares de su celebración.

La fase de oposición estará formada por los siguientes ejercicios, que se celebrarán en un mismo acto en el mismo día, uno a continuación del otro.

*Primer ejercicio: De carácter teórico, escrito, obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario-test sobre las materias del Programa detallado en el Anexo II. Constará de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta. La duración del ejercicio de será de 75 minutos.
Se calificará de 0 a 100 puntos. Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto; las preguntas no acertadas descontarán 0,25 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas. La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las no acertadas. El cuestionario propuesto por el Tribunal constará de 100 preguntas y 4 de reserva que, en caso de alguna anulación, serán sustituidas por el orden establecido.

*Segundo ejercicio: De carácter práctico, escrito, obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la contestación a un cuestionario-test de 50 preguntas, con 4 respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta y referidas a 2 casos prácticos de diligencia judicial que serán propuestos por el Tribunal.
Se calificará de 0 a 100 puntos en total, quedando eliminados los opositores que no obtengan puntuación en alguno de los dos casos prácticos. Las preguntas acertadas se valorarán con 2,00 puntos. Las no acertadas descontarán 0,50 puntos y las no contestadas descontarán 0,25 puntos. Si el resultado fuera un número negativo se calificará con 0 puntos. La duración del ejercicio será de 60 minutos. El cuestionario propuesto por el Tribunal constará de 50 preguntas y 2 de reserva. En caso de alguna anulación, se actuará del mismo modo que se ha indicado para el primer ejercicio.

El Tribunal, a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes presentados decidirá cuál será la puntuación mínima para superar cada uno de los ejercicios en cada ámbito territorial, puntuación que no podrá ser inferior al 50% de la puntuación máxima correspondiente a ese ejercicio y hará público dicho acuerdo.

Los opositores que no alcancen dicha puntuación mínima tendrán la consideración de suspensos y no les será corregido el segundo ejercicio.

La calificación de la oposición vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

De conformidad con la base 7.5 de la presente convocatoria, la propuesta del Tribunal de la relación de aprobados en la fase de oposición no podrá superar el número de plazas ofertadas en el respectivo ámbito territorial.

Reserva de nota: A los aspirantes que concurran por el turno de reserva para personas con discapacidad y que obtengan en cualquiera de estos ejercicios una puntuación igual o superior al 60% de la nota máxima posible prevista en los párrafos que anteceden, se les conservará la nota para la convocatoria inmediatamente posterior siempre que el contenido del temario, los ejercicios y su modo de calificación sean idénticos.

Los aspirantes que por el turno de reserva para personas con discapacidad en la convocatoria anterior hayan obtenido esa misma puntuación en el ejercicio correspondiente, deberán realizarlo y se les conservará la puntuación más alta obtenida, independientemente del ámbito territorial por el que concurran.

Evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco.

*Conocimiento de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
Para los opositores que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizada la fase de oposición, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. La evaluación consistirá, en la acreditación del conocimiento de la lengua oficial de dicha Comunidad, mediante las certificaciones que hayan presentado oportunamente o por la realización de una prueba de nivel de conocimientos. La puntuación de la valoración del conocimiento de la lengua oficial de Comunidad Autónoma sólo será aplicable en el ámbito de la Comunidad Autónoma respectiva a los solos efectos de establecer el orden de prelación en la relación de aprobados dentro del ámbito territorial por el que concurre el aspirante, por lo que deberá reflejarse separada de la obtenida en los dos ejercicios obligatorios de la oposición. Se calificará con un máximo de 18 puntos de acuerdo con el nivel de conocimientos demostrado por el aspirante y los criterios de valoración establecidos a continuación:

– En el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra: En las zonas vascófona y mixta que determina el artículo 5 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Euskera, de conformidad con establecido por el Decreto Foral 55/2009 de 15 de junio («Boletín Oficial de Navarra» n.º 81 de 03/07/2009) y la Resolución 210/2010 de 13 de septiembre («Boletín Oficial de Navarra» n.º 117, de 27/09/2010), el conocimiento oral y escrito del Euskera debidamente acreditado por medio de certificación de superación de cada uno de los niveles expedida por el órgano competente en la materia, supone el reconocimiento a estos solos efectos de hasta 18 puntos, según el nivel de conocimientos acreditado en los términos siguientes:
1. Certificado de nivel B1 o títulos equivalentes: 6 puntos.
2. Certificado de nivel B2 o títulos equivalentes: 12 puntos.
3. Certificado de nivel C1 o títulos equivalentes: 18 puntos.

– En el ámbito del País Vasco: De acuerdo a lo establecido en el Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Decreto 174/2010, de 29 de junio, de Normalización Lingüística de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Certificado de nivel B2 o Perfil Lingüístico 2 o títulos equivalentes: seis puntos. Certificado de nivel C1 o Perfil Lingüístico 3 o títulos equivalentes: doce puntos. Certificado de nivel C2 o Perfil Lingüístico 4 o títulos equivalentes: dieciocho puntos.

– En el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana:
Certificado de grado elemental o de nivel B1: seis puntos
Certificado de grado medio o de nivel C1: doce puntos
Certificado de grado superior o de nivel C2: dieciocho puntos
La acreditación documental del conocimiento del valenciano se efectuará mediante la aportación del correspondiente certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià.

– Evaluación de los conocimientos del Derecho Civil Vasco.
Para los aspirantes que concurran por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo hubieran hecho constar en su solicitud, se procederá, en los mismos términos y con los mismos efectos que se han detallado en el apartado anterior, a la evaluación de sus conocimientos del Derecho Civil Vasco, otorgándose por este concepto seis puntos, que se reflejarán en todo caso separados de los obtenidos en los ejercicios obligatorios y sólo surtirán efectos para establecer el orden de prelación dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Para la realización y corrección de este ejercicio, el Tribunal Delegado podrá nombrar un asesor especialista.

El Tribunal hará públicas en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia. gob.es) las plantillas de respuestas válidas de los ejercicios correspondientes en el plazo de 72 horas siguientes a su celebración. Posteriormente hará públicas las listas de opositores de cada ámbito territorial que hayan alcanzado el mínimo establecido que se haya considerado para superar cada ejercicio, con indicación de la puntuación obtenida y, en su caso, la convocatoria al siguiente. Las listas de aprobados también se podrán publicar en las páginas web de las Comunidades Autónomas.

Los aspirantes que figuren en la relación definitiva de aprobados, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del Estado» y Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, C/ Bolsa n.º 8, 28071 Madrid o por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la documentación siguiente:

a) Solicitud de destino, ajustada a los requerimientos que en su caso, se establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de Justicia y Comunidades Autónomas competentes.

b) Los aspirantes que tengan la condición legal de persona con discapacidad, con grado igual o superior al 33 por ciento deberán presentar certificación de los órganos competentes que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad) y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del cuerpo de Auxilio Judicial.

c) Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:

– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.

d) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Tenéis la CONVOCATORIA DE AUXILIO JUDICIAL completa y detallada en el BOE

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