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Convocatoria Agentes de Hacienda 2020

diciembre 16, 2019

En este post voy a contarte los puntos más importantes de la convocatoria de Agente de Hacienda que se acaba de publicar en el boe a fecha 16 de diciembre de 2019.

El acceso al cuerpo de Agente de Hacienda por ingreso libre se realizará mediante el sistema de oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que os cuento más abajo.

Cómo inscribirme para opositar a Agente de Hacienda

La inscripción has de hacerla obligatoriamente por vía telemática con certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria:

Tendrás veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud.

En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberás dirigirte a la información y ayuda incluida en el siguiente enlace: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/B201/tecnica.shtml

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

Instrucciones para cumplimentar el modelo 791 AEAT 2019

Para opositar a Agente de Hacienda has de cumplimentar el MODELO 791 AEAT siguiendo las instrucciones que te indico a continuación:

  • En el recuadro 15, «Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría», se consignará «Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado», el código 1135H correspondiente.
  • En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará «Agentes de la Hacienda Pública».
  • En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará de acuerdo con las siguientes claves:

«L»: Ingreso libre

«A»: Promoción interna (funcionarios pertenecientes al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, Código 1146, en posesión de la especialidad de Administración Tributaria y personal laboral que pertenezca a las categorías de Jefe Ejecutivo, Agente Tributario o Agente Ejecutivo del Grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria).

«B»: Promoción interna (funcionarios pertenecientes al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, Código 1146, que no posean la especialidad de Administración Tributaria, funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 destinados o con reserva de puestos en la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Oficial 1º de Administrativo del Grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria).

«R»: Promoción interna (otros funcionarios del Subgrupo C2 distintos a los comprendidos en los apartados anteriores).

  • En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «AEAT», código «TB».
  • En el recuadro 19, «Fecha BOE», se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
  • En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará la provincia de preferencia para la realización de los ejercicios de la oposición, entre las que seguidamente se señalan: A Coruña, Barcelona, Madrid, Málaga, Palma de Mallorca, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla, Valencia y Valladolid. En el caso de que el número de opositores no justificase la realización de algún ejercicio en alguna de las ciudades citadas, el Tribunal convocará a los opositores afectados a los oportunos lugares de examen. En el caso de no señalar lugar de examen, se entenderá que el opositor opta por realizar los ejercicios en Madrid.
  • En el recuadro 21, «Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el grado de discapacidad que tengan acreditado. La mera indicación del grado de discapacidad no será expresiva de la voluntad del aspirante de participar por el cupo de reserva para personas con discapacidad, para lo cual deberán indicarlo necesariamente en la casilla 22.
  • En el recuadro 22, los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo, marcando el turno general «G».
  • En el recuadro 23 los aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
  • En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», En el apartado de «Exigidos en convocatoria» se seleccionará, de entre los mostrados, el más adecuado a la titulación académica poseída y en el apartado de «Otros títulos oficiales» se consignará la titulación poseída o en condiciones de obtener y que, en su caso, el interesado presentará para el nombramiento de funcionario.
  • En el recuadro 25, Apartado A) se consignará si desea ejercer el derecho a reserva de ejercicio; en el Apartado B) se consignará, en su caso, la causa de aplicación del derecho de reserva del ejercicio (fomento a la promoción interna o turno reserva discapacidad).
  • En el recuadro 26 se indicará si se está exento del pago de la tasa o si se tiene derecho a la bonificación del 50%.

Tasas de Examen Agente de Hacienda 2019

Las tasas de derechos de examen, es decir, el importe a pagar para poder opositar para Agente de Hacienda es el siguiente:

  • Agente de Hacienda Ingreso Libre: 15,27 (familias numerosas de categoría general: 7,64)
  • Agentes de Hacienda Promoción Interna: 7,64 (familias numerosas de categoría general: 3,82 )

El ingreso de la tasa se efectuará también obligatoriamente por vía telemática, ya sea con certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», según la forma de presentación de la instancia.

En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el extranjero, se realizará éste en la cuenta corriente número 0128 0072 19 0100005621 [(IBAN: ES48 0128 0072 1901 0000 5621) (BIC: BKBKESMM)], abierta, exclusivamente para las solicitudes suscritas en el extranjero, en C/ Orense, número 85 –28020 Madrid– a nombre de Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Estoy exento de pagar la tasa?

Estarán exentas del pago de esta tasa para opositar a Agente de Hacienda:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria.

c) Las familias numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general.

d) Las víctimas del terrorismo.

Podéis encontrar más detalles y la documentación que tenéis que aportar para justificar que estáis exentos del pago de la tasa de examen para cada uno de los casos en el punto 5.4 de la convocatoria.

Cuándo serán los exámenes?

Una vez termine el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de un mes según pone en la convocatoria, se publicarán la lista de admitidos y excluidos de cada proceso en el boe señalándose un plazo de diez días hábiles para que podáis subsanar en el caso de que hayáis sido excluidos por error. También se publicará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

Se prevee que la duración máxima de la fase de oposición sea de doce meses, y que el primer ejercicio sea como muy tarde cuatro meses desde la publicación de esta convocatoria. Eso es lo que se prevee.

Una vez comenzados los procesos selectivos, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.

Dónde serán los exámenes?

Los exámenes de las oposiciones de Agente de Hacienda se desarrollarán de forma descentralizada en las sedes que se establezcan.

Al rellenar la instancia tendrás que señalar la Provincia de examen que prefieres para la realización de los ejercicios de la oposición: A Coruña, Barcelona, Madrid, Málaga, Palma de Mallorca, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla, Valencia y Valladolid. (*) (**)

*En el caso de que el número de opositores que se han inscrito no justificase la realización de algún ejercicio en alguno de estos lugares, el Tribunal convocará a los opositores afectados a los oportunos lugares de examen.

**En el caso de no señalar lugar de examen, se entenderá que el opositor opta por realizar los ejercicios en Madrid.

No se podrá declarar superados los procesos selectivos a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada uno de ellos.

Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo electrónico convocatorias@correo.aeat.es, sin que este correo tenga la consideración de Registro Telemático.

Requisitos para opositar a Agente de Hacienda

Para poder opositar a Agente de Hacienda tendrás que poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera, además, de los requisitos enumerados en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los siguientes requisitos:

  • Nacionalidad: Ser español.
  • Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico o equivalente ( Equivalente: Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, del 7 de marzo).
  • Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar.

Cómo son los exámenes de Agente de Hacienda?

Para opositar a Agente de Hacienda tendrás que realizar dos exámenes. Tanto el Primer Ejercicio como el Segundo ejercicio son eliminatorios:

Primer ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas tipo test sobre las materias contenidas en el programa (anexo III de la convocatoria).

Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen.

Cada pregunta correctamente contestada se valorará con 1 punto, y las respuestas incorrectas serán penalizadas de forma que la puntuación directa del primer ejercicio se calculará conforme a la fórmula siguiente:

A – [E / 4]

(siendo «A» el número de aciertos y «E» el de errores).

Las preguntas no respondidas o nulas no se computan.

La duración máxima de esta prueba será de sesenta minutos.

El Tribunal calificador publicará antes del examen los criterios de corrección, valoración y superación del examen que no estén expresamente establecidos en esta convocatoria.

Las plantillas de respuestas las publicarán en cualquiera de los tres días siguientes al examen.

Si no estáis de acuerdo con alguna pregunta de las plantillas de respuestas que publiquen, podéis presentar alegaciones a través de los medios electrónicos que se especifiquen. Tendréis 5 días hábiles para hacerlo.

Segundo ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito un supuesto teórico-práctico relacionado con el anexo III.3 «Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario» para evaluar el conocimiento de los aspirantes manifestado en sus respuestas a las cuestiones planteadas, valorando su grado de corrección, adecuación, integridad y precisión, en una exposición apropiada y correctamente estructurada y contextualizada.

El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas treinta minutos.

Cómo puntúan cada examen de Agente de Hacienda?

La calificación de los ejercicios se realizará de la forma siguiente:

  • Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
  • Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo.

El Tribunal calificador fijará las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar cada uno de los ejercicios.

En cada uno de los ejercicios, las calificaciones resultarán de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal calificador, teniendo en cuenta lo siguiente:

  • Las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal calificador fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlos.
  • Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas de cada ejercicio.
  • Para la calificación de los ejercicios el Tribunal evaluará el conocimiento de los aspirantes manifestado en sus respuestas a las cuestiones planteadas, valorando su grado de corrección, adecuación, integridad y precisión, con indicación y expresión, en su caso, de la normativa correspondiente y ajustada a su literalidad, en una exposición apropiada y correctamente estructurada y contextualizada.

Calificación final:

Para sacar la calificación final hay que sumar las puntuaciones obtenidas en los ejercicios.

En caso de empate se tendrá en cuenta en primer lugar la nota del segundo ejercicio y en segundo lugar la nota del primer ejercicio.

En caso de persistir el empate se tendrá en cuenta el orden alfabético de apellidos comenzando por la letra “Q”, que es la que salió por sorteo.

Casos especiales: Discapacidad, Embarazo de riesgo o Parto

Cupo discapacidad

Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, en la forma prevista en la base 5.5 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo, debiendo realizar la petición en la solicitud de participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el dictamen técnico facultativo previsto en la base 5.5.

En todo caso, los aspirantes exentos de realizar algún ejercicio deberán presentar la solicitud de participación en el proceso selectivo correspondiente.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes por el cupo de reserva para personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

En la convocatoria podéis encontrar toda la información respecto al cupo de discapacidad de forma mucho más detallada en el punto 6 de la convocatoria.

Embarazo de riesgo o parto

Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

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Comentarios (2)

Buenas tardes,
Estoy licenciada en derecho y tengo un máster en tributación y asesoría fiscal, pero no trabajo en el sector y estoy barajando una oposición.
Vistos los pro y los contras de agente de Hacienda y de tramitación procesal, me estoy decantando por Hacienda.
Habrá convocatoria para 2020?
Mil gracias

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Hola muy burnas noches.Soy opositora de tramitacion procesal.Pero ante la puntuacion de meritos y siendo concurso.oposicion.Estoy barajando la oposicion de agentes de hacienda publica.Se convocan este año?y el examen de la convocatoria 2019 se realizó ya.Tras el confinamiento?muchas. Gracias

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